Las siglas ITE corresponden a la Inspección Técnica de Edificaciones, o Inspección Técnica de Edificios. Es un control técnico por el que deben pasar todos los edificios con una antigüedad determinada, para comprobar si cumplen los requisitos mínimos de seguridad.

La normativa legal de las ITE se recoge en el Real Decreto-ley 8/2011 de 1 de julio, junto a las ordenanzas municipales que cada Ayuntamiento puede incluir para completar las exigencias legales. En España, la Inspección Técnica del Edificio es obligatoria por ley.

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¿Qué se mira en la ITE?

La revisión de la ITE es una medida de prevención para localizar, evitar y, llegado el caso, solventar posibles deficiencias en la construcción o defectos generados por el paso del tiempo en el inmueble. Su objetivo es evitar que estas deficiencias o defectos puedan llegar a provocar daños a los inquilinos del interior del edificio, o a los viandantes que transiten por la calle.

La inspección técnica durante la ITE comprueba las condiciones de seguridad, la estabilidad y la consolidación del edificio. No es sólo una herramienta de control, la ITE sirve para prevenir y preservar el buen estado del inmueble, haciendo hincapié en la seguridad.

Elementos que se revisan en una ITE

La Inspección Técnica de Edificios recoge todos los elementos del inmueble que afectan a la habitabilidad y a la seguridad del edificio. En particular se tienen en cuenta los siguientes elementos:

 

  • El estado de su estructura y su cimentación. Es fundamental asegurar que el edificio va a mantenerse en pie, y que no padece de vicios ocultos en su construcción que puedan, en un futuro, afectar a la estabilidad y a la firmeza del edificio.
  • Las fachadas interiores y exteriores, en particular las que puedan suponer un peligro para la vía. Se revisa si toda la fachada del inmueble está correctamente aislada, para evitar posibles desprendimientos.
  • Elementos que puedan desprenderse. Los elementos ornamentales, o funcionales, como puedan ser las cornisas, los salientes o elementos decorativos, también deben inspeccionarse para asegurar que no suponen un peligro para los inquilinos del inmueble o para los viandantes de la calle.
  • Medianeras. Aunque un edificio forme parte de una calle o una manzana, su estructura debe ser independiente, no debe afectar a los inmuebles contiguos. Por este motivo es necesario inspeccionar también el buen estado de las medianeras.
  • Las cubiertas y las azoteas. Es la estructura más afectada por las inclemencias meteorológicas, como la lluvia, el viento, el sol, el granizo o la nieve. Como son la principal vía de entrada desde el exterior al interior, es necesario garantizar su aislamiento.
  • Redes generales de electricidad, fontanería y saneamiento. Un fallo en la instalación eléctrica, en la estructura de fontanería o en la red de saneamiento afecta tanto al interior como al exterior del edificio y puede provocar un incendio, una inundación o graves problemas de salubridad.
  • Los elementos de accesibilidad. La normativa legal sobre accesibilidad obliga a mantener los accesos al edificio conforme a la ley. O, en el caso que no hubieran sido preparados para ello en un primer momento, adaptarlos siguiendo los requisitos que establezca la norma. El acceso para minusválidos, o el retén de bomberos, son algunos ejemplos.
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¿Cuándo se tiene que pasar la ITE?

La Inspección Técnica de Edificios (ITE) tiene que pasarse, por primera vez, obligatoriamente cuando el edificio cumpla los cincuenta años de antigüedad. Es decir, todos los edificios que fueron construidos hace 50 años deben pasar, obligatoriamente, la inspección de la ITE.

Una vez pasada esta primera ITE, cada 10 años los edificios deberán pasar una nueva inspección, con el fin de garantizar la seguridad y detectar, a tiempo, cualquier posible defecto o deficiencia.

¿Qué pasa si no hago la ITE?

Si se pasa el plazo para presentar el acta de inspección técnica, el menor de los problemas es una posible sanción o multa que puede oscilar alrededor de los seis mil euros. La consecuencia más grave es que, por ejemplo, un trozo de cornisa se desprenda de la fachada del edificio y caiga sobre un viandante, causándole heridas muy graves o incluso fallezca.

 En el caso que hubiera una oposición, por parte de los propietarios o de algunos vecinos, a pasar la ITE, una vez que transcurran todos los plazos legales, un mandamiento judicial obligará a la realización de la inspección técnica sobre el edificio. Y por supuesto, acarreará las sanciones correspondientes estipuladas en la ley.

¿Quién hace la ITE?

La inspección técnica de los edificios la debe realizar un profesional, un técnico cualificado en detectar las posibles patologías del inmueble, que puede ser un arquitecto o un aparejador.

Las tarifas para los trabajos que requiere la inspección técnica de edificios no están reguladas por la ley, es un mercado libre, pero en todos los casos dependerá del tipo de inmueble y la administración pública puede hacer recomendaciones.